Hace un año publiqué esta entrada sobre los deberes de nuestros hijos, desde entonces no solo se han producido avalanchas de peticiones por parte de las familias a través de las redes sociales como la petición de realizada por Eva Bailén a través de change.org por la que se recogieron más de 200.000 firmas y que podeis ver aquí:
https://www.change.org/p/ministerio-de-educaci%C3%B3n-por-la-racionalizaci%C3%B3n-de-los-deberes-en-el-sistema-educativo-espa%C3%B1ol 
       Sino que diarios como El País o el Mundo, blogger educativos y psicólogos se han hecho eco de esta controversia o la han actualizado.  Aquí recojo solo algunos de los artículos que podeis encontrar por internet:
 
http://politica.elpais.com/politica/2015/05/13/actualidad/1431523305_412764.html
http://www.elmundo.es/sociedad/2015/10/28/56307c34ca474173268b4573.html
http://aprendiendomatematicas.com/deberes-escolares-si-o-no/
http://www.psicoloxia.udc.es/master/userfiles/recursos/Jose_Carlos_Nunez_DEBERES_ESCOLARES.pdf

         Reconozco que este es un tema polémico donde los haya, y que en el mismo existen opiniones para todos los gustos, como, por ejemplo, las siguientes, extraídas de un artículo de la Revista MUFACE Nº 22/2012:
MOTIVOS A FAVOR Y EN CONTRA:
“De acuerdo con las opiniones vertidas por profesores, padres y especialistas, éstas serían algunas de las ideas favorables a la realización de deberes en casa, es decir, los motivos que los hacen “imprescindibles”, y todo lo contrario, las razones por las que son “desaconsejables”: 
SI A LOS DEBERES:
  • Los deberes diarios ayudan a crear hábitos de trabajo, de superación y de esfuerzo personal. Una encuesta realizada el pasado año por el sindicato CSIF en Andalucía mostraba cómo el 95% de los profesores asegura que los deberes fomentan el esfuerzo.
  • Algunos expertos opinan que aportan a los niños un valor pedagógico “incuestionable”, les enseñan a “ser responsables” y desarrollan su disciplina.
  • Conectan a los padres con la educación de sus hijos: la familia debe implicarse en ellos, estimulando el aprendizaje junto con el colegio.
  • Refuerzan y contextualizan lo aprendido en el aula, estimulando la capacidad de razonamiento y la memoria en los niños.
  • Favorecen la formación complementaria y la relación con el entorno, fuera de la escuela, por medio de la visita a museos y bibliotecas, o el fomento de la investigación.
  • Ayudan a mejorar la lectura como base fundamental para todos los aprendizajes.
  • Estimulan el manejo complementario de las tecnologías de la información, cada vez más presentes en las aulas.
  • Fomentan la autonomía y posibilitan que el alumno aprenda a trabajar solo y que, por tanto, desarrolle la capacidad de planificar y buscar información por sí mismo.
  • Promueven, además, la creatividad, así como la interacción y la posibilidad de ayuda entre alumnos a través del móvil, Internet, reuniones…
NO A LOS DEBERES:
  • Los deberes crean tensiones entre padres e hijos, complican mucho la vida de las familias y son generadores de conflictos y castigos. La falta de tiempo libre para dedicar a sus hijos y la formación necesaria de los padres tienen muchas veces la culpa.
  • El abuso de estas tareas y su acumulación en las diferentes asignaturas provoca que muchos escolares se desmotiven y crea una fatiga añadida al cansancio acumulado a lo largo de la jornada.
  • Según algunos especialistas, vienen a demostrar un fracaso del sistema educativo, concebido para sobrecargar a los niños de tareas que deberían haber realizado en la escuela.
  • Otras opiniones señalan que los alumnos ven en ellos una prolongación de una enseñanza que no les motiva, poco práctica, fundamentada en el libro de texto y en el aprendizaje memorístico y alejada de la cultura audiovisual en la que se desenvuelven.
  • Provocan desigualdades sociales al poner en evidencia el nivel socioeconómico y cultural de la familia y de su entorno. Mientras unos intentan ayudar a sus hijos, otros recurren a clases particulares o academias y otros muchos no tienen ni el nivel educativo ni el dinero para poder pagar esos apoyos. CEAPA entiende que cuantas más familias sientan la necesidad de recurrir a las clases y profesores particulares para completar la educación de sus hijos, más estará fracasando el sistema educativo reglado y la igualdad de oportunidades.
  • Restringen el tiempo para la familia, él ocio y las tareas domésticas:  los menores necesitan tiempo para realizar actividades deportivas, culturales – por ejemplo, la lectura de libros al margen del aula- tiempo de esparcimiento, que también contribuyen a su desarrollo personal.
Mi opinión personal es que los niños NO DEBEN HACER DEBERES EN CASA, por varios motivos: 
En primer lugar, por puro sentido común, si desde el siglo pasado se viene defendiendo un reparto equitativo de las horas laborales, de ocio y de sueño, para los adultos trabajadores, lo que se viene refrendando en las normativas laborales, Estatutos de los Trabajadores, etc.… y este logro lo consideramos parte de una sociedad de bienestar desarrollada; en el caso de los niños, este necesario espacio de ocio tras la jornada escolar es aún más necesario para un adecuado desarrollo armónico de los mismos.
Son numerosos los artículos científicos que indican que “El juego es uno de esos intereses, digno de ser valorado como algo esencial en el proceso de enseñanza-aprendizaje y de maduración del individuo y, por tanto, con posibilidad de ser considerado pedagógicamente como medio y fin en sí mismo del desarrollo humano.” (Revista Innovación y Experiencias Educativas” nº 16 de marzo del 2009), lo que se repita en el nº 68 del 2010 de la Revista Gibralfaro de “Estudios Pedagógicos”.
Muchos autores consideran “El  juego como facilitador del aprendizaje”, como “Elemento esencial del desarrollo vital”, y consideran al juego como algo esencial y universal, que se da en todas las culturas y en todas las sociedades, de forma natural y forma parte del desarrollo armónico de los seres humanos. Se trata de una actividad que no es exclusiva de los seres humanos, sino que todos los mamíferos juegan. Las madres enseñan a través del juego actividades y comportamientos básicos de supervivencia como la caza, la interacción con el medio, destrezas y habilidades, etc. por lo que podemos calificar al juego como una actividad adaptativa de aprendizaje de tipo evolutivo.
Desde el punto de vista neurólogico, el juego y la actividad lúdica son facilitadores de la sinaptogénesis, es decir, facilitan el desarrollo de las conexiones sinápticas entre las neuronas y la trasmisión de información entre éstas. La formación de sinapsis, a pesar de que se produce a lo largo de toda la vida de una persona, es especialmente importante, en las primeras fases del desarrollo madurativo cerebral de un niño, donde gracias a la plasticidad neuronal el efecto sobre los factores de crecimiento neuronal es mayor.
Sin embargo, la realidad es otra, y el profesorado sigue imponiendo dichas prácticas, tanto que hoy son mayoría los alumnos en edad escolar que compaginan deberes y merienda y, en ocasiones, hasta cena. De hecho, los últimos datos oficiales (2007 – no he encontrado datos posteriores-), correspondientes al Instituto de Evaluación, dependiente de la Administración educativa, muestran que se ha incrementado el tiempo que los niños dedican a hacer los deberes en casa paulatinamente. El porcentaje de alumnos que emplea más de tres horas diarias en hacer los deberes en casa creció de un 6% en el año 2003 a un 10% en 2007, y también ha crecido de un 18% a un 22% el número de aquellos que emplean entre dos y tres horas, lo que se ha venido manteniendo e incrementando algo más en la actualidad. Todo esto supone que un tercio de los niños y niñas de 6º de Primaria dedica más de tres horas diarias a estudiar en casa, y eso después de haber pasado buena parte de la jornada en el colegio, de nueve de la mañana a cinco de la tarde, a lo que hay que sumar las horas de extraescolares que muchos menores añaden a su jornada escolar.
En segundo lugar, porque los estudios científicos en la materia apoyan la idea de la innecesaridad de los deberes fuera del horario escolar, así , una revisión de más de 180 estudios de investigación, realizada en 2006 en la Universidad de Duke – según Nancy Kalish y Sara Bennett, autoras del Libro “The case against homework”–, halló que “no parece haber correlación entre los deberes y el éxito académico de los niños en la escuela elemental.  Incluso en Secundaria, la única correlación apreciable es que los alumnos que hacen los deberes reciben mejores notas de sus profesores. Pero no hay ninguna prueba que confirme que los deberes ayuden a cumplir retos educativos a largo plazo, como crear individuos con inquietud por el aprendizaje, creativos y capaces de pensar analíticamente”.

El libro “El mito de los deberes”, de Alfie Kohn, publicado en 2013 por la Editorial Kaleida, también insiste en el tema.

Existe, incluso, un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de 2015 que vuelve a poner sobre la pizarra el papel de los deberes escolares en la formación académica, en el sentido de que contribuyen a ampliar las diferencias entre alumnos según su nivel socioeconómico. 

Por último, la Organización Mundial de la Salud acaba de publicar un informe que indica que «los niños españoles se sienten presionados por los deberes». Afirman encontrarse en esta situación el 25% de las alumnas de 11 años y el 34% de los alumnos de esta misma edad.  A los 15 años el porcentaje sube hasta el 70% en las chicas y el 60% en los chicos. 

La OMS advierte: «El estrés relacionado con el colegio tiende a ser padecido por jóvenes con elevados niveles de presión escolar y se caracteriza por un incremento de comportamientos que ponen en riesgo la salud, más frecuentes problemas de salud (dolor de cabeza, dolor abdominal, dolor de espalda y mareos) y síntomas psicológicos, como sentirse triste, tenso o nervioso«. Los elevados niveles de presión escolar están también asociados con una autopercepción de la salud más baja y peor satisfacción con la vida.»

Lo que recalcan pediatras como el Dr. Javier Andrés Blumenfeld, pediatra del Hospital de El Escorial (Madrid) y miembro del Grupo de Trastorno por Déficit de Atención de la Sociedad Española de Medicina del Adolescente, que advierte que los «niños españoles trabajan mucho tiempo y de una forma muy ineficaz».  O psicólogos como Margarita Montes, quien asegura que «La evidencia nos dice que poner más deberes en Primaria no necesariamente produce una mejora académica y, a cambio, se crea una tensión familiar y una sensación de ansiedad e irritabilidad que lleva al final a un desapego hacia todo lo escolar»; o Rosa Jové, quien añade que «lo primero que provoca el exceso de deberes es el estrés». «Este estrés hace que los niños se sientan mal, pero, además, no les deja que hagan lo que tienen que hacer, que es jugar libremente, como dice el artículo 31 de la Convención de los Derechos del Niño».

El periódico El Mundo ha publicado un extenso artículo recogiendo estos datos que podeis leer aquí:   
http://www.elmundo.es/sociedad/2016/03/15/56e7f28946163f00378b4572.html

 

En tercer lugar, y supongo que en un post como éste, el motivo más importante, porque en España LOS DEBERES han sido ILEGALES hasta la promulgación de la actual LOMCE:
Estas tareas para casa están de hecho prohibidas en la etapa Primaria –de los seis a los 12 años– en muchos países y en España, por ejemplo, estaban prohibidas desde 1956, cuando el Ministerio de Educación aprobó una circular al respecto. 
Las referencias jurídicas de esta ilegalidad son las siguientes:

 

 

Una de las más completas es la RESOLUCIÓN de la Dirección General de Ordenación Educativa de 18 de octubre de 1973, por la que se dan normas sobre la realización de trabajos escolares fuera de los Centros de Educación Básica, que establece lo siguiente:
«Tanto por el carácter de los métodos que tradicionalmente se han empleado en la enseñanza, como por la fuerza de la costumbre, ha venido siendo norma en muchos establecimientos de Enseñanza Primaria la imposición de ciertos trabajos que los escolares habían de hacer en sus propios domicilios. La extensión y naturaleza de estas actividades no han sido, ni son, en muchos casos, las más adecuadas para la correcta formación de los educandos.
Promovidas nuevas técnicas de trabajo escolar, que cambian sensiblemente los principios y los sistemas de las actividades educativas, es necesario de nuevo reconsiderar esta cuestión, de acuerdo con las exigencias de la situación actual, estableciendo unas normas que sirvan de orientación tanto al profesorado como a las familias.
1º  Los programas de los centros serán elaborados de forma que eviten como norma general el recargo de actividad de los alumnos con tareas suplementarias «fuera de la jornada escolar”.
2º  Con carácter transitorio y excepcional se podrán asignar deberes más intensos y de forma individual a aquellos alumnos que, por ausencia prolongada u otras graves razones, no hayan podido seguir el ritmo normal de trabajo en el centro.
3º  Cuando en estos casos excepcionales se considere necesario por parte del equipo de profesores programar actividades cooperativas  o individuales para ser realizadas por los alumnos fuera del Colegio habrán de ponderarse en sus aspectos cuantitativo y cualitativo. Cuantitativamente se graduará cuidadosamente este tipo de actividades de forma tal que su intensidad sea inversamente proporcional a las edades respectivas, y sin que en ningún caso disminuya el tiempo que los niños de este nivel de ‘enseñanza deben disponer para el descanso, el juego y la convivencia en el seno del hogar.
 
Cualitativamente, las tareas que se realicen fuera de la clase se ajustarán también a las edades y niveles alcanzados, evitándose el encargo de trabajos mecánicos, pasivos o repetitivos. Para estos casos, parecen más adecuadas las actividades que supongan la consulta de libros, búsqueda de información y de materiales diversos, tareas de expresión y creatividad. 
4º  Cuando, como sucede en la segunda etapa de Educación Básica, existan varios profesores para un grupo de alumnos, se buscará la debida coordinación entre los mismos para evitar la sobrecarga de tareas y el consiguiente agobio de los escolares.

Los profesores afectados se pondrán de acuerdo respecto a la forma de asignar estos trabajos, debiendo atribuirse al tutor la regulación de los mismos. 
5º  En aquellos centros que tengan establecida voluntariamente la realización de actividades  extraescolares, que supongan prolongación de la jornada escolar normal, quedarán totalmente suprimidas las tareas para realizar por los alumnos en sus domicilios.

Lo que comunico a VV. SS.
Dios guarde a VV. SS. muchos años.
Madrid, 3 de octubre de 1973.-El Director general, José Giménez Mellado.
Sres. Delegados provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia e Inspectores-Jefes de Enseñanza Primaria.»

Por su parte, el Estatuto de Centros Escolares aprobado por la Ley Orgánica 5/1980,de la Jefatura del Estado, de 19 de junio, en su artículo 13 señala que “durante el período preescolar y los dos primeros cursos de escolaridad obligatoria, las tareas para realizar fuera de las horas de clase quedan totalmente suprimidas. A partir del curso tercero se podrán encomendar tareas en el hogar con un aumento progresivo según la edad de los escolares, procurando, no obstante, que en ningún caso se vean los niños precisados de emplear en dichas tareas el tiempo de que disponen para juegos, diversiones y convivencia en el seno del hogar, ni disminuir las horas de descanso.”

La prohibición de poner «deberes« y la reforma de los exámenes tradicionales fueron algunas de las innovaciones pedagógicas del curso 1984-1985, para más de siete millones de niños españoles alumnos de EGB, preescolar y educación especial, según la Circular del Ministerio de Educación que decía que: «Se prohibe encomendar tareas con carácter general, regular y periódico para que los alumnos hagan fuera del centro. Los profesores, padres y alumnos podrán reclamar ante las direcciones provinciales del Ministerio de Educación si consideran que se vulnera este principio».

Sin embargo, la vigente Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa(LOMCE), establece en su artículo 121.5que «los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado».
La misma ley cita, en su disposición finalprimera, apartado 2.d, en relación a las familias, que siendo estas las primeras responsables en la educación de sus hijos e hijas les corresponde «participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos».

Esto obliga a cada Centro Educativo a contemplar en su Proyecto Educativo de Centro o Reglamento de Régimen Interno, los criterios del mismo en relación a la necesidad o no de los deberes para clase, el tipo de los mismos, la cantidad, el tiempo necesario, la participación de la familia, etc., cuestión que, por su vital importancia, no debería ser olvidada ni por los Centros, ni por los padres.

En caso de que no se regulen los deberes en el Proyecto Educativo de Centro, los mismos continuarán rigiéndose por la anterior normativa, esto es, seguirán siendo ilegales, salvo que la Comunidad Autónoma en la que vivís haya dictado alguna normativa al respecto, regulando la práctica, obligatoriedad o ilegalidad de los deberes en vuestra Comunidad.

Dicho lo anterior, y como defensora de que, en determinadas situaciones y como política educativa, los deberes no son necesarios y que, en ocasiones, pueden resultar incluso, abusivos, en el caso de que en vuestra Comunidad Autónoma no exista una normativa clara al respecto y que esta cuestión no se encuentre contemplada en el proyecto Educativo del Centro Escolar en donde estén escolarizados vuestros hijos, os propongo la utilización de los siguientes artículos como argumentación jurídica en vuestros escritos, en contra de la utilización de esta práctica y os recuerdo algunos aspectos relacionados con los mismos:
1.-  Art. 154 del Código Civil sobre derechos y deberes de la patria potestad en relación con el art. 2 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor:
Art. 154 CC:  “Los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres.
La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica.
(…) Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad.”
Art. 2 de la LOPJM:  “En la aplicación de la presente Ley primará el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir. Asimismo, cuantas medidas se adopten al amparo de la presente Ley deberán tener un carácter educativo.”
Por lo que, acreditando los efectos negativos de los deberes en relación al bienestar físico o psicológico de vuestros hijos, podríais solicitar la “exención de la realización de tareas fuera del horario escolar”, para lo que podemos, también, utilizar los argumentos legales expuestos al principio.
2.-  Para que un profesor pudiera suspender a un niño por no hacer los deberes, debería existir una norma que así lo indique en el mencionado Reglamento de Régimen Interno/Plan de Centro/Proyecto Educativo.
3.-  No es legal que un niño sea castigado u obligado a hacer los deberes que no hizo en casa durante el tiempo del recreo, es tiempo de descanso, un derecho.  Una acción factible y efectiva es poner una queja ante la inspección educativa si nuestro hijo es obligado de manera reiterativa a terminar sus deberes en el tiempo del recreo.
4.-  Si los deberes son parte de la nota final de la asignatura, tiene que estar contemplado en la Programación General Anual, un documento que todo centro educativo tiene redactado a principio de curso y que es público para toda la comunidad educativa y está a disposición de profesores, padres y alumnos.
5.-  Si, efectivamente, suponen una parte de la nota final de la asignatura (un 10% por ejemplo) recordar que las notas de Primaria no tienen ninguna influencia en el futuro educativo de los niños, si en vez de un notable tiene un bien, no pasa nada. Explicar eso a los niños y tenerlo claro es fundamental para apoyarlos, para que desarrollen el sentido personal, las propias elecciones y no se dejen presionar.
6.- Cuando queramos hablar de la cantidad (y cualidad) de los deberes de nuestro hijo habremos de dirigirnos al tutor/a. En caso de que continúe con su postura y no estemos de acuerdo el siguiente paso es la jefatura de estudios y la dirección del Centro. Y, dependiendo de hasta dónde queramos llegar, la Inspección educativa de Delegación Territorial provincial, la Consejería de Educación de la comunidad autónoma o los Tribunales de Justicia.
Es siempre deseable que se produzca un diálogo entre padres y maestros, en muchos casos, es posible llegar a un acuerdo sin necesidad de emprender otro tipo de actuaciones. Y, para aquellas situaciones en las que no es posible llegar a buen puerto, ahí está la ley, que ha de ser solicitada por escrito. Y por supuesto, escuchar a los niños, que es también una obligación legal, además de acompañarlos para que puedan expresarse libres de las presiones, obligados por el miedo a las riñas en clase, los castigos y las posibles consecuencias en las notas.
       No he encontrado jurisprudencia sobre este tema, por lo que si alguien conoce alguna, le agradeceré que la comparta.
Saludos y sed felices.