Seguro que has oído hablar en muchas ocasiones del testamento vital pero nunca te has informado a fondo sobre este documento tan importante. Y es que, bien sea por simple olvido o por una aprensión injustificada, solemos dejar de lado la tarea de poner por escrito nuestras últimas voluntades médicas. Si todavía no te has decidido a hacerlo, te contamos todo lo que necesitas saber para redactarlo correctamente.

¿Qué es el testamento vital?

De forma muy sencilla, podemos decir que el testamento vital es un documento en el que una persona decide, de forma anticipada, acerca de los tratamientos médicos que quiere o no recibir, así como del destino de su cuerpo y órganos en caso de fallecimiento.

El testamento vital es esencial para dejar constancia de nuestra voluntad de aceptar o rechazar determinados tratamientos médicos para aquellos casos en que no estemos conscientes en el momento de su aplicación o nuestra salud mental ya no nos permita decidir.

En este sentido, se trata de garantizar que vamos a recibir solo aquellos tratamientos con los que estemos conformes, al mismo tiempo que liberamos a nuestros familiares del peso de tomar decisiones por nosotros en situaciones tan difíciles.

Como decíamos, además de cuestiones terapéuticas, el testamento vital puede recoger nuestras últimas voluntades acerca de:

  • La donación de órganos (una especie de donación en vida)
  • Asistencia religiosa
  • Realización o no de autopsia
  • Incineración o entierro.

Entre otros aspectos.

Validez del testamento vital

El testamento vital se reconoció legalmente en España a partir del año 2002, con la Ley de Autonomía del Paciente. En esta norma se regulaba el llamado “documento de instrucciones previas”, que no es sino el documento en que “una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo”.

Por tanto, para que este documento sea válido, debes cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  • Ser mayor de edad.
  • Estar plenamente capacitado.
  • Otorgarlo libremente.
  • En el caso de las personas incapacitadas judicialmente, podrán otorgar un testamento vital siempre y cuando la sentencia no lo prohíba expresamente y si se encuentran con capacidad en el momento de hacerlo.

Además, como luego veremos, existen algunos requisitos adicionales en cuanto a la formalización e inscripción del documento, para asegurar su eficacia futura.

En cualquier caso, debes tener en cuenta que puedes modificar o revocar tu testamento vital en cualquier momento.

Regulación Legal

En España el testamento vital está regulado por:

  • Ley 41 de 2002, de la autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica.
  • Real Decreto 124 publicado en 2007 y regulador del Registro Nacional de Instrucciones Previas y fichero de carácter personal que comenzó a regularse posteriormente por la Orden 2823.
  • Leyes o Decretos establecidos por las diferentes Comunidades Autónomas.

¿Cómo hacer un testamento vital?

La redacción de un testamento vital no entraña mayor dificultad, aunque puede ser conveniente que cuentes con asesoramiento legal para garantizar que el documento se ajusta a lo que realmente quieres.

Puede haber muchos tipos de testamento vital, pero lo más importante es que recoja algunos elementos esenciales que no deberían faltar:

  • Identificación del otorgante.
  • Indicaciones detalladas sobre últimas voluntades médicas y demás instrucciones para el caso de fallecimiento.
  • Opcionalmente, puedes nombrar un representante que sirva de interlocutor con el equipo médico.
  • Lugar, fecha y firma.

Ten en cuenta que las diferentes comunidades autónomas han regulado este documento con distintas denominaciones: testamento vital, voluntades anticipadas, instrucciones previas o manifestaciones anticipadas de voluntad. Es conveniente que consultes la regulación de tu comunidad de residencia para asegurarte de cumplir con todos los requisitos legalmente exigidos.

Formalización e inscripción del testamento vital

Cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación legal, pero solo existen tres posibles maneras de hacerlo:

  • Ante un notario. No todas las Comunidades Autónomas lo permiten. A pesar de ser la forma más rápida, es la más cara.
  • Ante tres testigos que tienen que firmar el escrito. No en todas las comunidades es válido. Dos de los tres testigos no pueden ser ni padres, ni hijos, ni tampoco tíos o sobrinos. Tampoco pueden tener una relación económica con la persona que hace el testamento vital.
  • Ante el personal del registro autonómico. De esta manera, el personal sanitario sabrá casi de manera inmediata las voluntades.

Una vez formalizado el documento, debes inscribirlo en el registro oficial de testamentos vitales de tu comunidad autónoma. Además, es conveniente que entregues copias a tu representante y familiares cercanos, e incluso a tu centro sanitario habitual.

Imprime tus documentos cumplimentados y entrégalos el día de tu cita. Además, te solicitarán identificarte con tu DNI y llevar una fotocopia compulsada del DNI de las personas a las que designes como tus representantes.

Por otro lado, y con el fin de facilitar el acceso a las voluntades anticipadas personales, existe el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP). En este organismo se incorporan todos los testamentos que emiten los diferentes registros autonómicos. De manera trimestral se actualiza la base de datos de testamentos vitales.

Más información

 Si tienes problemas de movilidad y no puedes tramitar tu testamento vital en uno de los lugares previstos puedes solicitar que un funcionario acuda a tu domicilio cuando llames para pedir cita.

 Documentación oficial sobre cómo se registra la Voluntad Vital Anticipada en Andalucía.

En Andalucía NO puedes hacer tu Voluntad Vital Anticipada ante notario ni como documento ante tres testigos.

Aunque estamos utilizando el término de Testamento Vital de forma Genérica, también esta nomenclatura varía entre Comunidades Autónomas, así se denomina:

  • Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) en Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Catalunya, Euskadi, Navarra y la C. Valenciana.
  • Documento de Instrucciones Previas (II PP) en Asturias, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Madrid y Murcia.
  • Voluntades Vitales Anticipadas en Andalucía.
  • Manifestación Anticipada de Voluntades en Canarias.
  • Voluntades Previas en Cantabria.
  • Expresión Anticipada de Voluntades en Extremadura.

Testamento Vital por Comunidades Autónomas

Como ves, redactar un testamento vital no es difícil y es la forma perfecta para asegurarte de recibir exactamente el tratamiento médico que deseas, llegado el caso.